El titular de las instalaciones (persona física o jurídica) tiene la responsabilidad principal del cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de esta nueva normativa, independientemente de que su instalación esté arrendada a terceros o de quién explote la instalación.
Podrá recurrir a empresas de servicios para la realización de todas las operaciones de control y prevención de la legionelosis, pero deberá garantizar la formación de su propio personal y asegurarse que las acciones contratadas al servicio externo no ponen en riesgo la salud pública. Es decir la contratación a terceros, no le exime de su responsabilidad.
Este empresa de servicios externos tiene la responsabilidad de realizar correctamente las tareas contratadas. Todas las operaciones que realicen deben ser acreditadas documentalmente (persona que realiza las tareas, que tareas se realizan, emisión de un registro/certificado para cada instalación tratada según el anexo, modelo X). Esta empresa estará igualmente obligada a atender las demandas de información de la autoridad sanitaria.
Otras responsabilidades emanan de estas actividades, con respecto, por ejemplo con el Responsable Técnico. Esta persona lo es de la elaboración, desarrollo, implementación, evaluación de los planes correspondientes (sean PPCL o PSL). Ésta persona es la responsable de proponer las medidas correctoras necesarias en la instalación, así como es la persona que debe aportar la información para una correcta toma de muestras.
Con este nuevo RD487/2022, la toma de muestras para el análisis de la Legionella deberá ser realizada por o bajo la responsabilidad del Laboratorio Oficial que realiza el ensayo mediante cultivo. Éste punto es uno de los más controvertidos del nuevo RD.
También se habla en esta nueva normativa de la responsabilidad de los fabricantes de aparatos y equipos regulados con este nuevo RD, que deberán asegurar un correcto diseño, con los materiales utilizados adecuados, una accesibilidad para su reparación y facilidad de limpieza de los mismos.
Todos estos aparatos deberán incluir un manual de limpieza y desinfección.
Cómo se ve, el nuevo RD 487/2022 hace mención de una serie de cuestiones en torno a las «responsabilidades» más desarrollado que con el RD865/2003.