Preguntas Frecuentes

Desde Micronela te ayudamos con todo lo relacionado con la Normativa. Aquí encontrarás las dudas más habituales, que actualizaremos a medida que sea necesario.

¿Qué tengo que hacer para cumplir con la normativa?

Ponerse en contacto con nosotros enviando un email a info@micronela.com o llamando a Mar Martínez al +34 609.388.274 y un técnico especialista de nuestra empresa los visitará para hacer un diagnóstico de su instalación.

¿Un mantenimiento higiénico sanitario adecuado de las instalaciones garantiza la eliminación total de la legionela?

Cuando se habla de la legionella, cabe destacar que «el riesgo cero no existe».  La bacteria se encuentra en la naturaleza y , por tanto, es imposible erradicarla.  No obstante se debe aplicar un adecuado Plan de Autocontrol que permitirá mantener la bacteria por debajo del nivel de riesgo. 

¿Hay muchos establecimientos afectados por la legionela?

En España hay cada año unos 1.200 casos de legionelosis.
Existen numerosos estudios realizados en diferentes sectores. El resultado en todos ellos, es que existen muchas instalaciones afectadas.
El hábitat natural de la legionela son los reservorios naturales de agua como ríos, lagos, embalses, etc. Sin demasiadas dificultades, la bacteria coloniza los sistemas de agua gestionados por el hombre, donde encuentra las condiciones adecuadas para su multiplicació

¿Puede un usuario que haya cogido legionelosis en mi establecimiento demandarme a los tribunales?

Si las analíticas realizadas demuestran la presencia de Legionela del mismo tipo que la que le ha ocasionado la enfermedad, el usuario podrá iniciar la demanda. Esta prosperará en caso de no cumplirse con la normativa vigente sobre prevención y control de la legionelosis. Y puede acabar en indemnizaciones por responsabilidad civil, e incluso, como ya se ha visto, por vía penal.
Si en cambio se demuestra que se está cumpliendo con la legalidad, se considerará que no hay ningún tipo de negligencia y que el brote ha sido accidental.

¿Pueden saber las autoridades sanitarias si un usuario ha cogido legionelosis en mi establecimiento? ¿Cómo?

Sí, lo pueden saber. Desde 1996 la legionelosis es una Enfermedad de Declaración Obligatoria. La declaración corresponde a los médicos ante la sospecha de un caso.

Existen varias fuentes de notificación:

  • La Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica (RENAVE) recoge los resultados de la investigación de los brotes por las autoridades de salud pública en las C.A.
  • Sistema de información microbiológico (SIM) que recoge información detallada sobre patología infecciosa confirmada por laboratorio y con criterios diagnósticos de infección reciente.
  • Grupo Europeo de Vigilancia de Legionelosis (ELDSNet), que coordina la vigilancia de legionelosis asociada a viajar en Europa.
  • Información procedente del Centro Nacional de Microbiología.

Se analizan los hábitos y costumbres del paciente, con el fin de determinar a qué instalaciones de riesgo ha estado expuesto. En los establecimientos sospechosos, se realizará una inspección por parte de las autoridades sanitarias, en la que se realizarán analíticas para detectar si hay presencia de la bacteria en las instalaciones, y además si la cepa detectada corresponde con la que ha provocado la enfermedad.

¿Qué puede pasar si no cumplo la normativa sobre prevención y control de la legionelosis?

Si las autoridades sanitarias detectan el incumplimiento, abrirán un expediente estableciendo unos plazos para el cumplimiento de todos los requisitos legales que establece la normativa. En caso de no cumplirse, se considerará como infracción grave o muy grave, en función de los hechos, y se recibirá la sanción.

¿Qué responsabilidad tengo como gerente de una instalación si surge un brote de legionelosis?

La responsabilidad máxima recae sobre el titular de la instalación. Este es el responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente y de que se lleven a cabo los programas de mantenimiento periódico, las mejoras estructurales y funcionales de las instalaciones, así como del control de la calidad microbiológica y físico-química del agua, con el fin de que no representen un riesgo para la salud pública. La contratación de un servicio de mantenimiento externo no exime al titular de la instalación de su responsabilidad.  El arrendamiento de la instalación a terceros, tampoco.

¿Cuál es el valor económico de un brote, incluyendo las reclamaciones?

Se han de valorar los costes provocados por la investigación y gestión de los Servicios de Sanidad Ambiental y los costes por atención sanitaria ambulatoria e ingresos hospitalarios. Por ejemplo, un brote en el sur de Londres, con 14 personas afectadas, ningún fallecido, pero en que todas las personas necesitaron de ingreso hospitalario, los costes derivados por investigación y gestión del brote fueron de 97.780 € y los de atención hospitalaria de 578.000 €.

¿Existen sentencias en España?

Sí, existen varias sentencias, entre ellas :

  • Hotel Macarena. Se produjo un brote en verano del 2009 provocando 15 afectados y 4 muertos. Se imputaron a 7 personas: director del hotel, 2 operarios de mantenimiento del hotel, al responsable de mantenimiento de la cadena hotelera, al técnico de la empresa de mantenimiento, a la directora de la empresa de mantenimiento y al responsable técnico de la empresa de mantenimiento.
    La acusación particular solicitó 9 años y medio de cárcel para estas personas, a las que se responsabiliza de falta de mantenimiento que causó un brote de legionela y una indemnización superior a los 400.000 €.
  • Club de Hielo de Benalmádena. Brote de legionela con el resultado de 38 afectados y 3 muertes. Se tuvo que indemnizar con 30.000 € a los fallecidos y con entre 700-2.000 € a los afectados en concepto de secuelas y días impeditivos.
  • Agua Club Termal en Tenerife. Centro de Aguas Termales donde no existía ningún programa de mantenimiento para la prevención de la legionelosis. Se detectaron positivos en la pileta de tonificación, rocío mineral, baño termal de hidromasaje, piscina, gimnasio y baño turco. Sentencia de 14.342 € por provocar la enfermedad.
  • Hospital General de Valencia. Allí ingresó un paciente para hacerse unas pruebas rutinarias y un mes más tarde falleció. Se demuestra que el paciente contrajo la legionela durante ese período. Se tuvo que indemnizar con 12.000 €.
  • Ondunova, S.A. Falleció un trabajador que estuvo expuesto a contraer la enfermedad en su puesto de trabajo. Se demostró que existía legionela en las tomas de muestras de agua analizadas por la Autoridad Sanitaria. Se consideró un accidente de trabajo y la aseguradora tuvo que pagar a su viuda una pensión vitalicia y una indemnización, y los hijos del fallecido recibieron una pensión de orfandad.

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