La prevención de la legionelosis ha dejado de ser una simple rutina de mantenimiento para convertirse en una prioridad de salud pública y una estricta obligación legal para empresas y titulares de instalaciones.
Según los últimos datos del Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), en España se registraron 2.204 casos de legionelosis en un solo año (2024), consolidando una clara tendencia creciente en la última década, si bien esta tendencia creciente se ha moderado en los últimos 3 años.
Es de máxima importancia llevar a cabo un riguroso cumplimiento de la legislación vigente, que es una herramienta clave para guiar la prevención y control en las instalaciones de riesgo e implementar las medidas de control y prevención adecuadas. Realizar mantenimientos periódicos en las instalaciones de riesgo nos ayuda a evitar brotes que suponen un grave peligro para la salud pública y las personas.
Por ello, es de obligado cumplimiento seguir las pautas y exigencias dictadas en el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio (actualizado y complementado por el Real Decreto 614/2024), el cual deroga por completo al antiguo RD 865/2003 e introduce criterios mucho más estrictos de control sanitario.
Para mantener la bacteria en valores adecuados, es decisivo romper el ciclo biológico que favorece su colonización, multiplicación y dispersión:
• Estancamiento del agua: Favorece la falta de renovación y la pérdida del desinfectante residual.
• Temperaturas de riesgo: La Legionella se multiplica activamente en rangos de entre 25 y 45 °C.
• Presencia de suciedad y biofilm: Las incrustaciones y la capa biológica en el interior de las tuberías sirven de refugio y alimento para las bacterias.
Resulta primordial realizar las limpiezas y desinfecciones de las instalaciones de forma periódica, así como obligatoriamente de manera previa a la primera puesta en marcha del sistema o tras paradas prolongadas de la actividad.
Los brotes no solo representan un peligro grave para la salud de las personas, sino que conllevan importantes sanciones y daños reputacionales importates para las organizaciones.
La legislación actual exige el diseño e implantación obligatoria de un plan estructurado bajo dos posibles enfoques:
1. PPCL (Plan de Prevención y Control de Legionella).
2. PSL (Plan Sanitario de Legionella), basado en un análisis avanzado de gestión del riesgo.
Estos planes determinan todas las medidas organizativas, los puntos críticos de control y el registro exhaustivo de cada acción realizada para garantizar de forma continua el estado óptimo de la instalación frente a la exposición a la bacteria.
En Micronela ponemos a tu disposición toda nuestra experiencia técnica y legal para asegurar que tu instalación sea un espacio seguro:
• Diseño y adaptación de tus planes de autocontrol (PPCL y PSL).
• Análisis de peligros y determinación de puntos de control críticos.
• Auditorías completas de instalaciones y gestión integral de los libros de registro.
• Toma de muestras de agua y análisis en Laboratorios Oficiales acreditados.
• Asesoramiento y soporte continuo ante inspecciones y trámites con la autoridad sanitaria.
Acompañamos a los titulares y responsables de las instalaciones proporcionándoles el soporte técnico integral que precisan en todo momento para asegurar el cumplimiento estricto de la ley.
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