Novedades del RD487/2022 del 21.6.

Con el RD487/2022 que entrará en vigencia en enero 23, se introducen una serie de novedades que vamos a detallar pues cambian mucho el enfoque de cuestiones importantes en el tratamiento de la Legionella.

Una de las principales, es que desaparece el concepto de instalaciones de «alto y bajo riesgo».  En el anexo I quedan reflejadas una serie de instalaciones que cumplen los requisitos de ser posibles focos de exposición humana a la bacteria, como ahora las instalaciones en edificios (no los de uso cómo vivienda); los medios de transporte, las instalaciones recreativas, las instalaciones urbanas, instalaciones de uso sanitario o terapéutico

Pero también es importante la precisión que se hace al incluir «cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o pueda producir aerosoles».

La segunda novedad a señalar es la coexistencia de los PPCL (Plan de prevención y control de legionella) con los PSL (Plan sanitario), totalmente nuevos, fundamentados en las recomendaciones de la OMS,  y más destinados a los centros sanitarios, sociosanitarios y penitenciarios.

Nueva novedad y tercera que queremos formular, no exenta de polémica, es que hay que acreditar la toma de muestras.  Se separa esta actividad del resto de actividades en la instalación propias del PPCL y debe ser realizada bajo y por la responsabilidad del laboratorio que lleva a cabo la determinación de la Legionella por cultivo.

Y por último, los laboratorios que determinan la Legionella spp por cultivo deberán estar acreditados.

Estas son las básicamente las novedades más importantes que nos introduce esta nueva norma, poco a poco y en nuevos pequeños artículos iremos hablando de todas ellas.